Normas de seguros agrarios para productores de plátanos
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN · BOE-A-2026-10317
Esta orden define las reglas del seguro agrario obligatorio para cultivos de plátano en España, estableciendo qué daños cubre, requisitos mínimos de cultivo y precios. Aplica para el 47º y 48º Plan de Seguros Agrarios Combinados, siendo fundamental para agricultores que quieran acceder a ayudas públicas.
¿Qué establece?
La orden regula un seguro obligatorio para explotaciones de plátano (todas las variedades), tanto en cultivo al aire libre como en invernadero. Define qué producciones están asegurables, las condiciones técnicas mínimas que deben cumplir los cultivos para estar protegidos, qué períodos del año están cubiertos (períodos de garantía), cuándo se puede contratar el seguro (fechas de suscripción) y cuáles son los precios que pagarán los agricultores. El seguro está regulado por la Ley de 1978 sobre Seguros Agrarios Combinados y se gestiona a través de ENESA (entidad estatal).
¿A quién afecta?
Afecta directamente a agricultores y empresas que cultivan plátanos en España, principalmente en Canarias donde se concentra esta producción. Si desean recibir ayudas públicas agrarias o proteger sus explotaciones, deben contratarse en los términos y condiciones que esta orden establece. También afecta a aseguradoras que operan en el sector agrario y a ENESA como gesora del sistema.
Fechas importantes
Esta orden se aprueba el 29 de abril de 2026 y aplica al 47º Plan de Seguros Agrarios Combinados (aprobado el 23 de diciembre de 2025). Los mismos términos se aplicarán al 48º Plan cuando sea aprobado por el Consejo de Ministros. El documento no especifica en los primeros 2000 caracteres cuándo exactamente entra en vigor, pero es importante que los agricultores verifiquen en el BOE las fechas específicas de suscripción del seguro para cada campaña agrícola.
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