Permite legalizar libros de cooperativas por internet
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · BOE-A-2026-11699
La Orden TES/539/2026, de 25 de mayo, regula la legalización electrónica de libros en el Registro de Sociedades Cooperativas, desarrollando el procedimiento previsto en el Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, para cumplir con la obligación de relacionarse electrónicamente establecida en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. El texto no especifica el número de cooperativas afectadas ni plazos concretos de entrada en vigor.
¿Qué establece?
La orden establece el procedimiento para que las sociedades cooperativas legalicen sus libros sociales y contables en formato electrónico ante el Registro de Sociedades Cooperativas, en sustitución del trámite presencial. Se fundamenta en el artículo 109 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, y desarrolla el artículo 27 del Reglamento aprobado por Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, adaptándolo al mandato del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que obliga a las personas jurídicas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.
¿A quién afecta?
Afecta principalmente a las sociedades cooperativas, que como personas jurídicas están obligadas a realizar el trámite de legalización de libros de forma electrónica, y a sus administradores. También incide en el Registro de Sociedades Cooperativas, que deberá habilitar los medios electrónicos para recibir y gestionar las solicitudes.
Fechas importantes
La orden lleva fecha de 25 de mayo de 2026. El texto no indica explícitamente su fecha de entrada en vigor ni plazos adicionales, aunque se enmarca en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, vigente desde 2016.
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