Normas internas para jueces administrativos catalanes
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · BOE-A-2026-15997
El acuerdo de 2 de junio de 2026 de la Sala de Gobierno del TSJ de Cataluña, publicado el 7 de julio de 2026, modifica las normas de funcionamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo. Regula la declinación de ponencia y el sistema de compensación cuando un magistrado emite voto particular discrepante con el fallo de la Sala.
¿Qué establece?
Introduce un nuevo punto 8.4 en el título II del Acuerdo de 22 de diciembre de 2020. Establece que si el magistrado ponente no está de acuerdo con el fallo de la Sala y anuncia voto particular, declinará la ponencia. El Presidente la reasignará a otro magistrado de la Sección que haya votado a favor del fallo. Se ajustará el turno de ponencias para compensar: al magistrado que asuma la nueva ponencia se le excluirá una de complejidad equivalente en el siguiente señalamiento, y al discrepante se le asignará una ponencia equivalente de los asuntos pendientes del magistrado que asumió la redacción. El Presidente de la Sección, con asistencia del LAJ, controlará esta compensación.
¿A quién afecta?
Afecta exclusivamente a los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y al personal auxiliar (LAJ). No tiene impacto directo en los ciudadanos, litigantes o empresas, ya que regula la organización interna del tribunal.
Fechas importantes
El acuerdo de la Sala de Gobierno del TSJ de Cataluña se adoptó el 2 de junio de 2026. Se publica en el BOE el 7 de julio de 2026. No se especifica una fecha de entrada en vigor, por lo que se entiende que rige desde su aprobación o desde la fecha de publicación.
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