Permiten paneles solares en pendientes mayores del 10%
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · BOE-A-2026-17270
La Resolución de 16 de julio de 2026 modifica la declaración de impacto ambiental de los parques solares Azor Solar y Avutarda Solar, ambos de 162,5 MWp, en Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), a petición de los promotores y al amparo del artículo 44 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. La modificación sustituye la prohibición de instalar seguidores en pendientes superiores al 10% por una condición que permite instalarlos si no requieren nivelación topográfica y se mantiene vegetación protectora y control de la erosión.
¿Qué establece?
El documento cambia una condición concreta de la declaración de impacto ambiental original de enero de 2023. Antes se prohibía colocar seguidores solares en terrenos con pendiente superior al 10% o en vaguadas con posible escorrentía, exigiendo mantener vegetación natural protectora. Con la nueva redacción, se permite instalar estructuras en esas zonas si no requieren nivelación topográfica previa y se garantiza el mantenimiento de una cubierta vegetal protectora y medidas de control de la erosión, conforme a las mejores técnicas disponibles que alegan los promotores. La modificación cuenta con informes favorables de la Confederación Hidrográfica del Tajo y de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal.
¿A quién afecta?
Afecta a los residentes y municipios de Paracuellos de Jarama y Ajalvir (Madrid), así como a los promotores de los parques solares (Azor Solar, SLU y Avutarda Solar, SLU) y a cualquier persona interesada en la protección ambiental de la zona. En la práctica, supone que las instalaciones solares podrán ocupar laderas con más pendiente de la inicialmente prevista, siempre que se apliquen las medidas de protección del suelo que ahora se exigen.
Fechas importantes
La resolución está fechada el 16 de julio de 2026. La solicitud de modificación se presentó el 10 de marzo de 2026. La declaración de impacto ambiental original se emitió el 12 de enero de 2023 y se publicó en el BOE el 31 de enero de 2023. El procedimiento se tramita según el artículo 44 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
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