Convenio para que condenados trabajen en una asociación
MINISTERIO DEL INTERIOR · BOE-A-2026-19178
El BOE publica el convenio suscrito el 3 de septiembre de 2026 entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y la Asociación de Atención a las Adicciones y/o la Exclusión Social AFAD, para que las penas de trabajos en beneficio de la comunidad se cumplan en esa entidad. La Asociación figura inscrita en el Registro Autonómico de Asociaciones, Unidad Territorial de Alicante, con el número 2575.
¿Qué establece?
El convenio permite que las personas condenadas a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad la cumplan realizando actividades en la Asociación AFAD, dedicada a la atención a las adicciones y a la exclusión social. Según el documento, la pena no es retribuida y requiere el consentimiento de la persona condenada, y el Ministerio cubre las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional. El texto no especifica número de plazas, duración concreta del convenio ni importes económicos.
¿A quién afecta?
Afecta a las personas condenadas a trabajos en beneficio de la comunidad que acepten cumplir esa pena en la Asociación AFAD, y a la propia asociación como entidad colaboradora. No cambia nada para el resto de los ciudadanos ni para otros sectores o empresas. El documento no indica cuántas plazas ni cuánto dinero supone.
Fechas importantes
El convenio se suscribió el 3 de septiembre de 2026 y la resolución que ordena su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» es de 10 de septiembre de 2026. El texto disponible no especifica la fecha de entrada en vigor, la duración del convenio ni plazos concretos de ejecución.
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