El Supremo anula partes del Reglamento de Extranjería
TRIBUNAL SUPREMO · BOE-A-2026-19632
El Tribunal Supremo, en sentencia de 8 de julio de 2026 (recurso 19/2025), estima parcialmente el recurso contra el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, y anula de pleno derecho varios preceptos del Reglamento de Extranjería. La sentencia fue rectificada por Auto de 1 de septiembre de 2026.
¿Qué establece?
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 19/2025 interpuesto por varias asociaciones contra el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 de extranjería. La sentencia anula de pleno derecho, entre otros, el párrafo tercero del artículo 101.1, que prohibía a las empresas de trabajo temporal ser titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada o ser autorizadas por cambio de empleador, y el inciso del artículo 94.1.f) que exigía que la relación se hubiera constituido conforme al ordenamiento jurídico español. Se desestiman las demás pretensiones y no se imponen costas.
¿A quién afecta?
A las personas extranjeras y a las empresas de trabajo temporal. La anulación de la prohibición a las ETT permite que puedan ser titulares de autorizaciones de residencia y trabajo para actividades de temporada. También se elimina la exigencia de que la relación se haya constituido conforme al ordenamiento jurídico español en el artículo 94.1.f).
Fechas importantes
La sentencia es de 8 de julio de 2026 y el Auto de Rectificación es de 1 de septiembre de 2026. El Real Decreto 1155/2024 es de 19 de noviembre y se publicó en el BOE núm. 280, de 20 de noviembre de 2024. El texto no especifica plazos de entrada en vigor ni otras fechas relevantes.
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