El Constitucional revisa la ley de temporalidad pública
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL · BOE-A-2026-20003
El Tribunal Constitucional admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad contra las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, que regula la reducción de la temporalidad en el empleo público. El planteamiento lo hizo la Sección 2.ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el procedimiento ordinario núm. 514-2022, por posible vulneración de los artículos 23.2 y 149.1.18 CE. El Pleno del TC, por providencia de 22 de septiembre de 2026, reserva para sí el conocimiento del asunto y da un plazo de quince días desde su publicación en el BOE para que quienes sean parte en dicho procedimiento puedan personarse.
Afecta a la estabilidad laboral de los empleados públicos temporales, ya que el TC decidirá si las medidas de reducción de temporalidad de la Ley 20/2021 son constitucionales. El documento no especifica cuántos empleados ni qué cuantías están en juego; solo indica el plazo de 15 días para personarse.
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