La sidra de Asturias amplía su pliego y admite sidra de hielo
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS · BOE-A-2026-22448
La Consejería de Medio Rural del Principado de Asturias aprueba la modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Sidra de Asturias» o «Sidra d'Asturies». La solicitud la presentó el consejo regulador el 27 de julio de 2026 e incluye la incorporación del producto sidra de hielo, además de mejoras de redacción. El periodo de oposición de dos meses, iniciado tras la publicación en el BOE el 6 de agosto de 2026 y en el Boletín Oficial del Principado de Asturias el 10 de agosto de 2026, finalizó sin ninguna oposición presentada. La modificación se aplica en territorio español desde el día de su publicación en el BOE.
Afecta a los productores y consumidores de la DOP Sidra de Asturias: el pliego admite una nueva variedad, la sidra de hielo, y la norma ya está en vigor desde su publicación en el BOE. El texto no da cifras de producción, precios ni número de afectados.
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