Navarra aprueba impuesto mínimo a multinacionales
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA · BOE-A-2026-3911
Navarra aprueba la Ley Foral 18/2025 que establece un impuesto complementario del 15% mínimo para grandes grupos multinacionales y nacionales. Afecta a empresas con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros anuales, alineándose con la directiva europea sobre tributación mínima global.
¿Qué establece esta norma?
La ley crea un impuesto complementario que garantiza que los grandes grupos empresariales paguen al menos un 15% en impuestos sobre sus beneficios. Se aplica cuando el tipo efectivo de tributación queda por debajo de ese mínimo, obligando a complementar la diferencia. Es una transposición de la Directiva europea 2022/2523 sobre imposición mínima global, adoptada por 140 países para evitar la evasión fiscal.
¿A quién afecta?
Afecta exclusivamente a grupos multinacionales y grandes grupos nacionales con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro ejercicios fiscales anteriores. No impacta a pymes, autónomos ni ciudadanos directamente. Las empresas navarras que formen parte de estos grupos deberán cumplir con el gravamen complementario si su tributación efectiva está por debajo del 15%.
¿Qué cambia exactamente?
Las grandes empresas que tributen por debajo del 15% en Navarra deberán pagar la diferencia como impuesto complementario. Por ejemplo, si una multinacional tributa al 10%, tendrá que abonar un 5% adicional. Esto aumentará la recaudación fiscal procedente de grandes grupos y reduce la competencia fiscal entre países. Navarra adapta su normativa al estándar internacional para evitar sanciones europeas.
Fechas y plazos importantes
La ley entró en vigor el 1 de enero de 2024, aplicándose a los ejercicios fiscales iniciados a partir de esa fecha. Las empresas afectadas deberán presentar declaraciones informativas y liquidar el impuesto complementario en los plazos establecidos por la normativa foral del Impuesto de Sociedades. La primera declaración corresponderá al ejercicio fiscal 2024, que las empresas presentarán en 2025.
Lo que no dice el titular
La norma incluye reglas complejas de cálculo que consideran beneficios y pérdidas jurisdicción por jurisdicción. Contempla excepciones temporales para actividades sustanciales con personal y activos tangibles. Además, si la matriz del grupo está en otro país, el impuesto complementario puede aplicarse allí en lugar de en Navarra, dependiendo de las reglas de prioridad internacional establecidas en el acuerdo global.
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