Hacienda bloquea venta de inmuebles por deudas fiscales
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4171
La Dirección General de Seguridad Jurídica anuló la prohibición de inscribir una compraventa de tres propiedades en Barcelona (números 29.723, 29.732 y 29.742) que Hacienda había bloqueado con anotaciones preventivas. El caso trata sobre si es legal que la Agencia Tributaria impida vender inmuebles cuando existe una deuda fiscal, incluso cuando hay un derecho de opción de compra anterior a las prohibiciones.
¿Qué establece?
Esta resolución examina el conflicto entre dos derechos: el derecho de opción de compra que Patial Group, S.L. tenía sobre tres fincas (inscrito el 3 de enero de 2023) y las anotaciones de prohibición de disponer que la Agencia Tributaria anotó después (7 de diciembre de 2022 y 14 de julio de 2023). La registradora de Barcelona número 8 rechazó inscribir la compraventa porque las prohibiciones tributarias impedían la venta. El caso resuelve si una anotación de prohibición de disponer posterior a un derecho de opción puede bloquear la ejecución de ese derecho de opción, o si el derecho de opción tiene prioridad legal.
¿A quién afecta?
Afecta principalmente a empresas y personas que tienen derechos de opción de compra sobre inmuebles (contratos donde se reserva el derecho a comprar después). También afecta a propietarios con deudas fiscales a la Agencia Tributaria, ya que Hacienda puede anotar prohibiciones de vender bienes inmuebles. Impacta a los registradores de propiedad, que deben decidir si pueden inscribir ventas con prohibiciones tributarias previas. Y concierne a notarios y asesores jurídicos que tramitan compraventas de inmuebles con opciones de compra.
Fechas importantes
Derecho de opción inscrito: 3 de enero de 2023. Primera prohibición de disponer anotada: 7 de diciembre de 2022 (aunque el mandamiento es posterior). Segunda prohibición de disponer: 14 de julio de 2023. Esta resolución es del 23 de octubre de 2025 y se publica en el BOE el mismo día. No establece plazos de entrada en vigor, siendo ejecutiva inmediatamente para el caso concreto de estas tres fincas de Barcelona.
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