Anulación de contratos de vivienda en Boadilla del Monte
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4172
La Dirección General de Seguridad Jurídica rechaza el recurso del registrador de Boadilla del Monte y confirma que deben cancelarse en el registro de la propiedad los derechos de superficie y contratos derivados entre la Empresa Municipal del Suelo y Vivienda de Boadilla del Monte y dos sociedades privadas (Rústicas MBS, SL y Artas Consulting, SA). Esta decisión ejecuta una sentencia de 2022 que declaró nulas esas operaciones originarias de un procedimiento penal de 2008.
¿Qué establece?
Un juzgado penal declaró en 2022 que los contratos entre la empresa municipal de Boadilla del Monte y dos sociedades privadas eran nulos. El registrador de la propiedad se negó a inscribir esta nulidad en los libros registrales de tres fincas (números 12.091, 12.092 y 12.093). La Dirección General rechaza esta negativa y ordena que el registrador sí inscriba la cancelación del derecho de superficie y todos los contratos posteriores derivados del mismo. Además, confirma que la hipoteca constituida sobre esas fincas también debe extinguirse como consecuencia automática de la nulidad del derecho principal que la garantizaba.
¿A quién afecta?
Esta resolución afecta directamente a la Empresa Municipal del Suelo y Vivienda de Boadilla del Monte, a las sociedades Rústicas MBS, SL y Artas Consulting, SA, y a cualquier tercero que tuviera derechos anotados sobre esas tres fincas registrales. Impacta principalmente a propietarios, acreedores e inversores implicados en estos contratos específicos en Boadilla del Monte. Los ciudadanos no interesados en estas operaciones no resultan afectados.
Fechas importantes
Sentencia que declara la nulidad: 5 de abril de 2022. Auto aclaratorio: 25 de mayo de 2022. Mandamiento inicial presentado en el registro: 22 de abril de 2024. Diligencia de ordenación que confirma la cancelación: 30 de octubre de 2024. Segundo mandamiento: 28 de marzo de 2025. Esta resolución se publica en el BOE el 23 de octubre de 2025 y es inmediatamente ejecutoria, obligando al registrador a proceder con la inscripción de la cancelación sin más demoras.
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