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Rechazo a corrección de superficie de terreno expropiado

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4191

Resumen ejecutivo

Un juzgado rechaza la solicitud de una mujer para corregir en el registro la superficie real de su finca en Ávila: debería ser 7.342 m² pero consta como 6.082 m². La resolución confirma la suspensión del trámite, impidiendo por ahora que regularice 1.260 m² de su propiedad en los registros públicos.

¿Qué establece?

La Dirección General de Seguridad Jurídica confirma la decisión del registrador de Ávila de suspender la rectificación de superficie solicitada por la propietaria. La finca número 763 en Berrocalejo de Aragona tiene registrados 6.082 m² cuando la propietaria sostiene que debería figurar con 7.342 m². Además, solicita que 630 m² expropiados se registren como servidumbre de vuelo y ocupación temporal, no como reducción de su superficie. El registrador ha decidido no proceder con estas correcciones de momento, decisión que esta resolución mantiene.

¿A quién afecta?

Afecta exclusivamente a doña A. I. S. G., propietaria registral de la finca 763 del municipio de Berrocalejo de Aragona (Ávila). No impacta en otros ciudadanos ni establece precedentes generales. Es un caso específico de rectificación de datos catastrales en el Registro de la Propiedad.

Fechas importantes

La propietaria presentó su solicitud el 21 de mayo de 2025. La resolución del registrador suspendiendo el trámite fue cuestionada mediante recurso. Esta resolución de confirmación se dicta el 27 de octubre de 2025. Se menciona que la ocupación temporal data de hace más de 20 años atrás, lo que según la solicitante debería cancelarse por vencimiento del plazo.

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Fuente: BOE-A-2026-4191 · BOE lunes, 23 de febrero de 2026 · Análisis generado por IA · datasector.io