Rechazo de inscripción de obra antigua por posible servidumbre pública
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-4623
Un registrador de Villajoyosa rechazó inscribir una obra antigua declarada por la empresa Villaorxeta Inversions porque no se probó que la finca no tuviera servidumbre de uso público. La Dirección General de Seguridad Jurídica revisa si ese rechazo fue legal.
¿Qué establece?
Este documento es una resolución administrativa que examina si el registrador actuó correctamente al negarse a inscribir una declaración de obra nueva por antigüedad. La empresa presentó el 3 de junio de 2025 una escritura declarando que poseía una construcción antigua en una finca de Orxeta (Villajoyosa) y pidió regularizarla. El registrador suspendió la inscripción argumentando que la empresa no acreditó que la finca no está gravada con servidumbre de uso público (es decir, que no hay derecho de paso público sobre ella). El documento analiza si este motivo de rechazo era válido según la ley de registro de la propiedad.
¿A quién afecta?
Afecta exclusivamente a la empresa Villaorxeta Inversions, SL, que es la propietaria registral de la finca número 1.744 del término de Orxeta en Villajoyosa. La empresa no puede legalizar ni inscribir como propia la obra antigua mientras no demuestre que la finca no está afectada por derechos de paso o uso público. Esto bloquea cualquier operación inmobiliaria sobre esa propiedad hasta que se resuelva la cuestión.
Fechas importantes
La obra se declaró el 2 de junio de 2025. Se presentó en el registro el 3 de junio de 2025. El registrador emitió su rechazo el 1 de julio de 2025. Esta resolución de revisión es de 6 de noviembre de 2025. No se especifica un plazo para que la empresa presente documentación adicional, pero una vez publicada en el BOE (27 de febrero de 2026) la empresa tendrá los plazos que establece la ley para recurrir si lo considera necesario.
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