Jubilación de un notario de Barcelona
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · BOE-A-2026-7196
Se declara la jubilación forzosa del notario Miguel de Páramo Argüelles el 22 de abril de 2026, cuando cumpla los 72 años de edad, conforme a la normativa española de jubilación de notarios. Este cese es obligatorio por ley y afecta únicamente al notario y sus clientes que deban tramitar documentos notariales.
¿Qué establece?
Esta resolución declara la jubilación forzosa de un notario de Barcelona que cumple 72 años el 22 de abril de 2026. La ley española establece que los notarios deben jubilarse obligatoriamente a los 72 años, aunque pueden solicitar prórroga hasta esa edad. En este caso, el notario ya había obtenido una autorización para prolongar su trabajo hasta los 72 años, momento en el cual debe cesar definitivamente en su cargo. La decisión se toma conforme a la Ley 29/1983, modificada por la Ley 21/2021, que establece esta edad obligatoria de jubilación.
¿A quién afecta?
Esta resolución afecta principalmente al notario jubilado, Miguel de Páramo Argüelles, quien debe dejar su cargo y actividad. Afecta también a los clientes y usuarios que acudían a su notaría en Barcelona para tramitar documentos (compraventas, testamentos, poderes, etc.). Estos deberán dirigirse a otro notario para continuar sus gestiones notariales. No tiene impacto en la ciudadanía general, pues se trata de un asunto administrativo interno de la profesión notarial.
Fechas importantes
Fecha clave: 22 de abril de 2026, cuando el notario cumple 72 años y se produce su cese efectivo en el cargo. Esta es la fecha en que debe dejar formalmente su puesto de trabajo. La resolución se publica el 18 de marzo de 2026, con un mes de antelación para permitir la transición y que los clientes se organicen para cambiar de notario.
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