Empleados públicos pasan a ser funcionarios de carrera
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA · BOE-A-2026-7716
Esta resolución convierte a trabajadores laborales fijos de organismos autónomos estatales en funcionarios de carrera, otorgándoles mayor estabilidad laboral y derechos funcionariales. El cambio se aplica al personal incluido en un convenio específico de la Administración General del Estado, sin especificar el número exacto de afectados en el fragmento disponible.
¿Qué establece?
La Secretaría de Estado de Función Pública nombra como funcionarios de carrera a los trabajadores laborales fijos que participaron en un proceso selectivo convocado el 30 de abril de 2024. Este cambio de régimen jurídico significa que dejan de ser empleados con contrato laboral y pasan a ser funcionarios públicos con todas las garantías que conlleva: inamovilidad en el puesto, derechos de excedencia, jubilación especial del sector público, y protección contra despidos arbitrarios. Afecta específicamente al personal incluido en el Anexo II del Convenio Único para personal laboral de la Administración General del Estado, en la Escala Administrativa de Organismos Autónomos.
¿A quién afecta?
Beneficia directamente a los empleados públicos laborales fijos de organismos autónomos estatales que superaron el proceso selectivo convocado en abril de 2024. No afecta económicamente a ciudadanos o contribuyentes de manera directa, ya que estos trabajadores ya estaban en nómina pública. Tampoco impacta a empresas privadas ni a otros sectores administrativos no incluidos en el convenio específico mencionado.
Fechas importantes
La convocatoria del proceso selectivo se realizó el 30 de abril de 2024. Esta resolución se publica el 27 de marzo de 2026 (aunque esto parece una inconsistencia temporal en el documento). No se especifican plazos adicionales de recursos o períodos de transición en el fragmento disponible, por lo que la entrada en vigor sería a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
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