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Convocatoria Puesto Libre Designación Transformación Digital

MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA · BOE-A-2026-7727

Resumen ejecutivo

El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública convoca un puesto de trabajo mediante libre designación, reservado exclusivamente a funcionarios públicos. El plazo para presentar solicitudes es de 15 días hábiles desde el 27 de marzo de 2026. No se trata de una oposición pública sino de un sistema de designación directa entre personal ya funcionario.

¿Qué establece esta norma?

Esta resolución abre la convocatoria para cubrir un puesto de trabajo en el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública mediante el sistema de libre designación. Este procedimiento permite al órgano competente elegir directamente entre los candidatos funcionarios que cumplan los requisitos, sin necesidad de seguir el sistema habitual de concurso de méritos.

El proceso está regulado por normativa específica de función pública (Ley 30/1984 y Real Decreto 364/1995) y garantiza el principio de igualdad entre hombres y mujeres según la Directiva europea 2006/54/CE. Los detalles concretos del puesto convocado (denominación, nivel, complemento específico, funciones) se encuentran en el Anexo I de la resolución, aunque no aparecen en el fragmento publicado.

¿A quién afecta?

Esta convocatoria afecta exclusivamente a funcionarios públicos que ya trabajen en la Administración General del Estado. No es una oferta abierta al público general ni una oposición para nuevos empleados públicos.

Para poder presentarse, los candidatos deben cumplir los requisitos específicos establecidos en el Anexo I (titulación, cuerpo o escala, experiencia). Se trata de un proceso interno de movilidad entre puestos de la Administración, donde el Ministerio puede seleccionar discrecionalmente al candidato que considere más adecuado entre quienes reúnan las condiciones exigidas.

¿Qué cambia exactamente?

En la práctica, se abre una plaza en el Ministerio de Transformación Digital que se cubrirá por designación directa en lugar de por concurso de méritos (el sistema habitual). Esto significa que la decisión final no depende únicamente de una puntuación objetiva, sino de la valoración discrecional del órgano convocante.

Los funcionarios interesados deben presentar su solicitud junto con su currículum vitae detallando títulos académicos, puestos desempeñados previamente, formación complementaria y otros méritos. El proceso de selección será más rápido que un concurso ordinario, ya que el plazo de presentación es de apenas 15 días hábiles.

La presentación debe realizarse obligatoriamente de forma telemática a través del portal Funciona (https://www.funciona.es) mediante certificado electrónico. Solo excepcionalmente, si existe imposibilidad técnica acreditada, se permite la presentación por el Registro Electrónico Común.

Fechas y plazos importantes

El plazo para presentar solicitudes es de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE, que tuvo lugar el 26 de marzo de 2026. Por tanto, el plazo comenzó el 27 de marzo de 2026 y finalizará aproximadamente a mediados de abril de 2026 (dependiendo de festivos y fines de semana).

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente durante este periodo de 15 días hábiles. Pasado ese plazo, no se admitirán candidaturas. La resolución no especifica cuándo se publicará la decisión final sobre quién ocupará el puesto, aunque habitualmente este tipo de procesos se resuelven en pocas semanas tras el cierre del plazo de solicitud.

Lo que no dice el titular

La convocatoria no detalla información crucial que sí debería aparecer en el Anexo I: qué puesto concreto se convoca, qué nivel retributivo tiene, qué funciones desempeñará o qué requisitos específicos de titulación o experiencia se exigen. Esta información es fundamental para que los funcionarios evalúen si les interesa y si cumplen los requisitos.

Otra cuestión importante: aunque se menciona el principio de igualdad de género, la libre designación es un sistema que históricamente ha generado críticas por su falta de transparencia comparado con el concurso de méritos. El órgano convocante tiene amplia discrecionalidad para elegir al candidato, lo que puede generar percepciones de favoritismo aunque se cumplan formalmente los requisitos legales.

Finalmente, la resolución advierte que puede recurrirse, lo que significa que los funcionarios que consideren vulnerados sus derechos tienen vías de impugnación administrativa y judicial. El plazo para recurrir suele ser de un mes desde la publicación o notificación del acto administrativo.

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Fuente: BOE-A-2026-7727 · BOE lunes, 6 de abril de 2026 · Análisis generado por IA · datasector.io