Jubilación de una jueza de Menores en Palma
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · BOE-A-2026-8424
Se autoriza la jubilación voluntaria anticipada de la Magistrada María de la Cruz Reyes Madridejos, que trabaja en el Juzgado de Menores número 2 de Palma. La jubilación tendrá efectos a partir del 17 de abril de 2026.
¿Qué establece?
El Consejo General del Poder Judicial aprueba que una Magistrada (jueza) pueda jubilarse de forma voluntaria antes de la edad normal de jubilación. Esta decisión se toma conforme a las leyes que regulan la jubilación de los jueces españoles. La Magistrada recibirá la pensión que le corresponda por derecho como funcionaria pública, calculada según el tiempo que haya trabajado.
¿A quién afecta?
Afecta principalmente al Juzgado de Menores número 2 de Palma, donde trabaja la Magistrada. Los ciudadanos y menores de edad que tengan procesos judicales en ese juzgado podrán experimentar cambios en la tramitación de sus casos durante la transición a nuevo personal judicial. También afecta a la administración de justicia local, que deberá cubrir la vacante con otro magistrado.
Fechas importantes
El acuerdo se aprueba el 25 de noviembre de 2025. La jubilación tiene efectos a partir del 17 de abril de 2026, es decir, esa es la fecha en que la Magistrada deja de trabajar y comienza a recibir su pensión de jubilación.
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